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NUEVO INTENTO DE DESPOJO TERRITORIAL CONTRA UNA COMUNIDAD INDÍGENA EN SALTA
La Legislatura provincial aprobó en su última sesión un proyecto en forma exprés por el que se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a ceder nueve hectáreas de tierras de la comunidad indígena Lule Finca Las Costas en favor de Tigres Rugby Club, desconociendo derechos territoriales previamente reconocidos por el propio Estado argentino.
La consecuencia de este acto injustificado sería el desalojo de 18 familias que viven del cultivo y el pastoreo de animales. Contraviniendo las normas establecidas, este proyecto se aprobó sin la consulta libre, previa e informada a los legítimos representantes de las comunidades, prevista en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que a través de la Ley 24.071 ha sido incorporado con rango constitucional a la normativa de nuestro país.
Este acto también es violatorio de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y de nuestra propia Constitución Nacional, ya que este territorio fue reconocido a la comunidad previamente citada, al llevarse adelante el relevamiento territorial efectuado por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), en cumplimiento de la Ley 26.160.
Este nuevo intento de despojo no constituye un hecho aislado. Se inscribe en un contexto de creciente avance sobre los derechos territoriales de los pueblos originarios, favoreciendo intereses privados por encima de derechos colectivos reconocidos por la Constitución Nacional, la legislación vigente y los tratados internacionales suscriptos por nuestro país.
Debe señalarse que esta situación tenderá a agravarse aún más si fuera aprobado el proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada que impulsa el Poder Ejecutivo Nacional y que, en realidad, se trata de una normativa tendiente a propiciar la extranjerización de la tierra a través de la venta a grupos foráneos o extranjeros.
La Central de Trabajadoras y Trabajadores de la Argentina denuncia que, de ser promulgado, esto constituiría un despojo contra todo el derecho indígena vigente y consagrado en los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Constitución Nacional.



