Mediante un fallo contundente, el Juzgado Criminal y Correccional Federal 2 ha rechazado la denuncia contra el secretario general de APA por “amenazas e instigación a cometer delitos” presentada por un grupo de 20 diputados del PRO, encabezados por algunos representantes de la fuerza política y uno de los períodos de gobierno más nefastos que ha sufrido nuestro país, como Hernán Lombardi, María Eugenia Vidal, Cristian Ritondo y Silvana Giudici.

Basados en artículos periodísticos de los medios a los que siempre han estado vinculados (Clarín, Infobae, Perfil), los diputados del PRO pretendían que se considerara un delito señalar a la población cuáles eran los senadores nacionales que se disponían a votar y apoyar la privatización de Aerolíneas Argentinas promovida por el gobierno nacional. Pedían además a la Justicia que “se acuse y se juzgue a Edgardo Llano en virtud de la responsabilidad penal que le cabe en los hechos denunciados”.

La enorme solidaridad nacional e internacional recibida por APA y su secretario general contrastó con la actitud cómplice de la dirección de la propia Aerolíneas Argentinas, encabezada por su actual presidente, Fabián Lombardo, que emitió un comunicado apoyando la denuncia de los diputados del PRO contra las declaraciones públicas de Llano.

Una política antisindical de la gestión Lombardo que, en lugar de cumplir con su obligación de defender a la propia aerolínea de bandera y a quienes organizaban medidas contra su desaparición y pérdida de miles de puestos de trabajo, estaba embarcada también en una medida inédita en 40 años de recuperación de la democracia en nuestro país, al denunciar un paro general nacional al cual estaba adherido nuestro gremio organizado por todo el movimiento sindical y social argentino, el cual tuvo un masivo acatamiento en todo el país.

La eficaz defensa del Doctor José Manuel Ubeira, abogado de Edgardo Llano, resultó en el fallo por el cual se resolvió desestimar la denuncia de los diputados del PRO, utilizando en sus fundamentos la defensa del derecho de libertad de expresión contenida en la legislación nacional, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Suprema de Estados Unidos: “….Edgardo Llano sólo ejerció su derecho constitucional de manifestarse libremente en un ámbito de debate, donde pueden ser receptadas opiniones alternativas”.

Sin duda, un fallo importante en este período de fuertes luchas del pueblo argentino contra el intento de imponer por todos los medios un modelo contrario al interés nacional y que pretende hacer retroceder en más de un siglo los derechos y conquistas de la clase trabajadora y los sectores populares.

Cecilia Moccia
ProSecretaria de Prensa, Cultura y Difusión

Rafael Alfredo Mella
Secretario General Adjunto

Juicio a Edgardo Llano - Triunfo de la libertad de expresión
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