El presidente de la Nación, en su calidad de Jefe de las Fuerzas Armadas, ha dispuesto, mediante el Decreto Nº 571 del 26 del corriente, que el Instrumento Militar no puede ni debe actuar en la órbita de la Seguridad Interior, ni siquiera so pretexto de la existencia de las llamadas “nuevas amenazas”, circunscribiendo su accionar al ámbito de la Defensa Nacional.